Entre
sus misiones, la que hoy mas justifica su existencia son las consultas en beneficio de sus miembros. En 2006, el CRIDON ha contestado a 20 163
preguntas y se consultaron en sus Bases 502 491 documentos. |
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Habida cuenta de los
términos de la Ley sobre los "usuarios del derecho", los
consultantes del CRIDON sólo están habilitados a
consultar en "beneficio de sus miembros". Queda prohibida cualquier
actividad de consulta jurídica a los asalariados permanentes del
CRIDON a partir del momento en que ni sus actividades ni su grado
universitario no les permitan derogar a esta prohibición. |
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Esta función consultora
consiste en contestar a cuestiones juridicas en todos los
ámbitos proprios de la Notaría. |
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Es un error creer que los
consultores del CRIDON sólo tratan las materias
específicamente notariales. Al contrario, su misión es
aportar su colaboración a los notarios que lo solicitan cuando tienen un
apuro. La dificultad no surge sistemáticamente de la
práctica habitual. Es más, la novedad de la
situación expuesta por el cliente es la que hace surgir la
incertidumbre e incluso la inquietud. |
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Un buen profesional
especializado en las sucesiones, los regímenes matrimoniales o
la filiación, no está necesariamente armado para
aconsejar a un cliente que desea implantar una fábrica en
España, hacer construir un barco en Trieste o ayudar a un
partido político que desea adquirir su nueva sede social
utilizando el ahorro público. |
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Frente a estas situaciones poco habituales para el notario concernido, el CRIDON sabe
demostrar su eficacia. |
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La labor consultora consiste también en orientar la práctica notarial frente a las
mutaciones que plantean las nuevas leyes, las prescripciones
administrativas o el último cambio de la jurisprudencia. |
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A veces contribuye a concienciamiento de la novedad, atenúa el choque o contribuye a
su integración en la práctica de todos los días. |
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Contribuye a forjar nuevas costumbres, necesarias para la evolución de cualquier práctica profesional. |
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"La consulta escrita" es más apropiada para responder a una cuestión
de derecho cuya solución no es evidente, suponiendo que haya una cierta. |
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La evolución de
nuestro derecho privado implica que numerosas cuestiones, que
antaño eran "cuestiones de derecho" cuya respuesta estaba
dictada por "sistemas de soluciones" de un rigor lógico
matemático, se han convertido en "cuestiones de hecho" sometidas
a la sensibilidad e incluso a veces a la discrecionalidad de los
magistrados que las juzgan. |
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Nuestra sociedad ya no
conserva el valor de respetar la ley cuando su aplicación supone un
resultado demasiado doloroso. Cultiva el sentido de la
proporcionalidad. Le importa poco la formulación de la ley si la
sanción le parece demasiado rigurosa. |
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Que jurídicamente tengan razón o no, los
litigantes
arriesgan, muy a menudo, ganar sólo a medias o perder
sólo la mitad de su pleito. |
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En principio, el CRIDON sólo se pronuncia cuando un contencioso está trabado. |